Somos una organización no gubernamental sin fines de lucro, que desde 1994 trabajamos en la promoción y defensa de los derechos humanos de los Pueblos Indígenas, con énfasis en la restitución territorial, trabajamos principalmente con los Pueblos Enxet, Enlhet, Sanapaná, Angaité, Qom e Yshir. El litigio estratégico, la incidencia en políticas públicas, la capacitación, el fortalecimiento organizacional, formación política y jurídica, así como el asesoramiento general, son nuestros principales trabajos orientados a la exigibilidad de derechos.   El derechos territorial es el eje principal a partir del cual se ensamblan las diversas acciones y líneas de trabajo de Tierraviva. Uno de los ámbitos donde desarrollamos nuestra labor es ante los órganos del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos (CIDH y Corte IDH), en cuyo seno hemos contribuido a afirmar y a hacer avanzar de manera relevante la jurisprudencia sobre los derechos a la propiedad comunal de las tierras y los territorios tradicionales de los Pueblos Indígenas, ensanchando el marco jurídico internacional existente a partir de los casos litigados, que han servido para ampliar los estándares del Derecho en la materia. Los casos que Tierraviva presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) son: Keyleyphapopyet y Lamenxay (éste caso se ha presentado de manera conjunta con el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional), también el caso de Kelyenmagategma. Los casos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), son: Yakye Axa (también conjuntamente con CEJIL), en 2005; Sawhoyamaxa, en 2006; y, Xákmok Kásek, en 2010.   El territorio ancestral que se ha logrado asegurar a favor de las comunidades indígenas en el Bajo Chaco, con la contribución de Tierraviva, son: Paisayameixempa’a (Buena Vista y Colonia 96), 25.000 hectáreas; Yamekyaha (Espinillo), 10.000 hectáreas; Nepoxen (ex Coraí) 15.113 hectáreas; Lamenxay y Keyleyphapopyet (Laguna Pato y otros), 22.000 hectáreas; Solyaktektama (Naranhaty), 15.000 hectáreas; San Fernando y Kurupayty, 10.030 hectáreas; Kelyenmagategma, 9.000 hectáreas; Yakye Axa, 12.113 hectáreas. El total se ha conseguido la restitución de más de 165.000 hectáreas, en favor de los Pueblos Indígenas.             Tierraviva brinda permanente asesoramiento jurídico a comunidades indígenas y sus miembros, orientado a la exigibilidad integral de los derechos humanos, así como defensa técnica en procesos laborales y penales. La defensa técnica en procesos penales, especialmente a líderes, ocupa otra dimensión del acompañamiento a las comunidades. Además realiza negociaciones extrajudiciales ante las patronales, alcanzando precedentes jurídicos de los derechos laborales en la región chaqueña, como el seguro social y pagos más justos a los trabajadores indígenas. Se da acompañamiento técnico para el empoderamiento de los pueblos, comunidades, organizaciones y sectores específicos (líderes, mujeres y jóvenes) para fortalecer y garantizar la participación y la organización política, social, económica, cultural y religiosa de los indígenas, con foco en la exigibilidad de sus derechos ante la sociedad y el Estado. Se brinda ayuda humanitaria puntual a comunidades en situaciones de emergencia ocasionadas por desastres naturales o desplazamientos forzosos.           Como estrategia para fortalecer la cultura y la identidad, como proceso de construcción de la resistencia indígena frente al Estado y la sociedad, como un espacio de construcción de nuevos escenarios de desarrollo y vida, como un mecanismo para favorecer la interculturalidad, como un poder, y como ejercicio de derecho, el equipo de comunicación de Tierraviva a través de la utilización de metodologías participativas, realiza acciones en medios masivos, publicaciones institucionales y especializadas, además de la producción de documentales y programas radiales sobre los casos indígenas, institucionales y campañas específicas. Tierraviva se constituye en una asamblea de miembros ad honorem de reconocida trayectoria, que define las líneas de trabajo y designa el directorio, que trabaja por el cumplimiento de los objetivos institucionales, y nombra un Coordinador Ejecutivo que ejerce la representación institucional y la coordinación del equipo de trabajo interdisciplinario compuesto por abogados, comunicadores, trabajadores sociales y educadores populares, organizados en áreas interrelacionadas que participan en constantes cursos de capacitación profesional. Nuestro trabajo se fundamenta en la adhesión a los DDHH, la sensibilidad y compromiso con la causa indígena, el respeto a la autogestión y autonomía de los pueblos indígenas. Impulsamos el espíritu de lucha por la causa indígena y la constante autocrítica del qué y del cómo institucional. Los esfuerzos para alcanzar el fortalecimiento institucional de Tierraviva y el trabajo en redes facilitaron alianzas con organismos de derechos humanos nacionales e internacionales, movimientos políticos, individualidades y organismos del Estado.  

Enfoque de derechos

Los objetivos y la política institucional de respeto hacia los pueblos indígenas y la interculturalidad en la promoción de sus derechos mediante acciones dirigidas al cumplimiento de las leyes, convenciones y tratados internacionales ratificados por Paraguay, son recorridos bajo un enfoque de derechos humanos. El reconocimiento y la exigibilidad de estos derechos establecen avanzar sobre los ideales que postula el Estado, la pluriculturalidad y multietnicidad de su pueblo, desde una perspectiva crítica, no sólo inclusiva y sumisa. La interculturalidad, el respeto a la autodeterminación, los DDHH de los pueblos indígenas y la participación real de las comunidades, sus miembros y organizaciones desde sus propias cosmovisiones, conforman líneas claras que viene desarrollando y seguirá trabajando Tierraviva. “A pesar de todos los puentes que se han tendido en esa interrelación constante, a pesar del mestizaje, hibridación o sincretismo que se ha dado, las diferencias entre identidades subsisten. Mientras éstas no se afirmen, mientras no haya un enriquecimiento mutuo, va a seguir habiendo problemas de autoestima y de convivencia entre los diferentes pueblos” (De Gregori, 1999). Tomar como política la interculturalidad constituye un elemento fundamental donde se apoyan las prácticas y acciones, “en el sentido de que para dialogar hay que presuponer respeto mutuo y condiciones de igualdad entre los que dialogan” (Etxeberria 2001:18).

Enfoque de Territorio

Los pueblos indígenas y tribales, como es sabido, tienen formas de vida únicas, y su cosmovisión se basa fundamentalmente en su relación con la tierra. Las tierras tradicionalmente utilizadas y ocupadas por ellos son un factor primordial de su vitalidad física, cultural y espiritual. Esta relación única con el territorio tradicional puede expresarse de distintas maneras, dependiendo del pueblo indígena del que se trate y de sus circunstancias específicas, puede incluir el uso o presencia tradicionales, la preservación de sitios sagrados o ceremoniales, asentamientos o cultivos esporádicos, recolección estacional o nómada, cacería y pesca, el uso consuetudinario de recursos naturales u otros elementos característicos de la cultura indígena o tribal (CIDH/OEA, 2009). Como lo ha señalado la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), “para las comunidades indígenas la relación con la tierra no es meramente una cuestión de posesión y producción sino un elemento material y espiritual del que deben gozar plenamente, inclusive para preservar su legado cultural y transmitirlo a las generaciones futuras” (CIDH, 2001: 78). Señala la CIDH que “la garantía del derecho a la propiedad comunitaria de los pueblos indígenas debe tomar en cuenta que la tierra está estrechamente relacionada con sus tradiciones y expresiones orales, sus costumbres y lenguas, sus artes y rituales, sus conocimientos y usos relacionados con la naturaleza, sus artes culinarias, el derecho consuetudinario, su vestimenta, filosofía y valores” (CIDH, 2005: 83). El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial también ha concluido que los derechos territoriales de los pueblos indígenas son únicos, y abarcan una tradición y una identificación cultural de los pueblos indígenas con sus tierras que ha sido generalmente reconocida (CIDH/OEA, 2009). El derecho a la propiedad, bajo el artículo 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos tiene una importancia singular para los pueblos indígenas y tribales, porque la garantía del derecho a la propiedad territorial es la base fundamental para el desarrollo de la cultura, la vida espiritual, la integridad y la supervivencia económica de las comunidades indígenas. Es un derecho al territorio que incluye el uso y disfrute de sus recursos naturales. Se relaciona directamente, como un pre‐requisito, con los derechos a la existencia en condiciones dignas, a la alimentación, al agua, a la salud, a la vida, al honor, a la dignidad, a la libertad de conciencia y religión, a la libertad de asociación, a los derechos de la familia, y a la libertad de movimiento y residencia. A lo largo de las Américas, los pueblos indígenas y tribales insisten en que el Estado “les garantice en forma efectiva su derecho a vivir en su territorio ancestral y poder así no sólo realizar sus actividades tradicionales de subsistencia, sino también preservar su identidad cultural” (CIDH, 2005: 84).  

Cooperación Internacional

Tierraviva realiza acciones con el apoyo de agencias internacionales, tales como DIAKONIA, de Suecia; ICCO, de Holanda; RAINFOREST NORWAY, de Noruega; la UNIÓN EUROPEA, Pan Para el Mundo, de Alemania, y CCFD. También contribuye de manera específica Oxfam Intermón, de España.         A nivel local, Tierraviva es miembro de la Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (CODEHUPY) y de la Red de entidades privadas al servicio de los pueblos indígenas (REDESPI). En el ámbito internacional, Tierraviva es miembro de la Red internacional por los derechos económicos, sociales y culturales (Red DESC). Asimismo, mantiene una relación de trabajo articulado, principalmente en campañas de incidencia, con Amnistía Internacional y FIAN, desde hace varios años. Pueblos Indígenas: Tierraviva trabaja principalmente con los Pueblos Enxet, Enlhet, Qom, Sanapaná, Angaité e Yshir Organizaciones indígenas: Articulación Nacional Indígena por una Vida Digna (ANIVD); Asociación Nacional de Mujeres Guaraní del Paraguay ‘’Kuña Guarani Aty’’; Coordinadora de Líderes Indígenas del Bajo Chaco (CLIBCH); Organización de Comunidades Unidas Nenlhet (OCUN); Organización Mismo Indígena (OMI), Asociación de Mujeres Indígenas de la Comunidad Esperanza (AMICE), Unión de Comunidades Indígenas de la Nación Yshir (UCINY).

INSTITUCIONAL

El derecho territorial es el eje principal a partir del cual se ensamblan nuestras diversas acciones y líneas de trabajo.

Somos una organización no gubernamental sin fines de lucro, que desde 1994 trabajamos en la promoción y defensa de los derechos humanos de los Pueblos Indígenas, con énfasis en la restitución territorial, trabajamos principalmente con los Pueblos Enxet, Enlhet, Sanapaná, Angaité, Qom e Yshir. El litigio estratégico, la incidencia en políticas públicas, la capacitación, el fortalecimiento organizacional, formación política y jurídica, así como el asesoramiento general, son nuestros principales trabajos orientados a la exigibilidad de derechos.

 

El derechos territorial es el eje principal a partir del cual se ensamblan las diversas acciones y líneas de trabajo de Tierraviva. Uno de los ámbitos donde desarrollamos nuestra labor es ante los órganos del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos (CIDH y Corte IDH), en cuyo seno hemos contribuido a afirmar y a hacer avanzar de manera relevante la jurisprudencia sobre los derechos a la propiedad comunal de las tierras y los territorios tradicionales de los Pueblos Indígenas, ensanchando el marco jurídico internacional existente a partir de los casos litigados, que han servido para ampliar los estándares del Derecho en la materia.

Los casos que Tierraviva presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) son: Keyleyphapopyet y Lamenxay (éste caso se ha presentado de manera conjunta con el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional), también el caso de Kelyenmagategma. Los casos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), son: Yakye Axa (también conjuntamente con CEJIL), en 2005; Sawhoyamaxa, en 2006; y, Xákmok Kásek, en 2010.

El territorio ancestral que se ha logrado asegurar a favor de las comunidades indígenas en el Bajo Chaco, con la contribución de Tierraviva, son: Paisayameixempa’a (Buena Vista y Colonia 96), 25.000 hectáreas; Yamekyaha (Espinillo), 10.000 hectáreas; Nepoxen (ex Coraí) 15.113 hectáreas; Lamenxay y Keyleyphapopyet (Laguna Pato y otros), 22.000 hectáreas; Solyaktektama (Naranhaty), 15.000 hectáreas; San Fernando y Kurupayty, 10.030 hectáreas; Kelyenmagategma, 9.000 hectáreas; Yakye Axa, 12.113 hectáreas. El total se ha conseguido la restitución de más de 165.000 hectáreas, en favor de los Pueblos Indígenas.

El avance descontrolado del agronegocio en Paraguay genera grandes transformaciones ambientales en todo el territorio nacional. El avance de la soja, la ganadería y las tasas récord de deforestación son testigos de ello. Estos cambios tienen impactos directos en los territorios habitados por los pueblos indígenas. Para que estas actividades económicas, puedan ser consideradas “desarrollo”, tienen que ser compatibles con los Derechos Humanos en general, y los Derechos de los pueblos indígenas en particular.

La violación de derechos territoriales y ambientales de los pueblos indígenas se traduce en condiciones de miseria ya que la destrucción y pérdida de acceso a sus territorios les imposibilita el uso y disfrute de los recursos naturales que necesitan para alimentarse, hacer artesanías y para mantener sus sistemas tradicionales de salud.

 

El avance descontrolado del agronegocio en Paraguay genera grandes transformaciones ambientales en todo el territorio nacional. El avance de la soja, la ganadería y las tasas récord de deforestación son testigos de ello. Estos cambios tienen impactos directos en los territorios habitados por los pueblos indígenas. Para que estas actividades económicas, puedan ser consideradas “desarrollo”, tienen que ser compatibles con los Derechos Humanos en general, y los Derechos de los pueblos indígenas en particular.

La violación de derechos territoriales y ambientales de los pueblos indígenas se traduce en condiciones de miseria ya que la destrucción y pérdida de acceso a sus territorios les imposibilita el uso y disfrute de los recursos naturales que necesitan para alimentarse, hacer artesanías y para mantener sus sistemas tradicionales de salud.

 

Casos con Sentencia en la CIDH y Acuerdos de Solución Amistosa

Tierraviva brinda permanente asesoramiento jurídico a comunidades indígenas y sus miembros, orientado a la exigibilidad integral de los derechos humanos, así como defensa técnica en procesos laborales y penales. La defensa técnica en procesos penales, especialmente a líderes, ocupa otra dimensión del acompañamiento a las comunidades. Además realiza negociaciones extrajudiciales ante las patronales, alcanzando precedentes jurídicos de los derechos laborales en la región chaqueña, como el seguro social y pagos más justos a los trabajadores indígenas.


Se da acompañamiento técnico para el empoderamiento de los pueblos, comunidades, organizaciones y sectores específicos (líderes, mujeres y jóvenes) para fortalecer y garantizar la participación y la organización política, social, económica, cultural y religiosa de los indígenas, con foco en la exigibilidad de sus derechos ante la sociedad y el Estado.


Se brinda ayuda humanitaria puntual a comunidades en situaciones de emergencia ocasionadas por desastres naturales o desplazamientos forzosos.

Pueblos Indígenas

Tierraviva trabaja principalmente con los Pueblos Enxet, Enlhet, Qom, Sanapaná, Angaité e Yshir.

Organizaciones Índigenas

Articulación Nacional Indígena por una Vida Digna (ANIVD); Asociación Nacional de Mujeres Guaraní del Paraguay ‘’Kuña Guarani Aty’’; Coordinadora de Líderes Indígenas del Bajo Chaco (CLIBCH); Organización de Comunidades Unidas Nenlhet (OCUN); Organización Mismo Indígena (OMI), Asociación de Mujeres Indígenas de la Comunidad Esperanza (AMICE), Unión de Comunidades Indígenas de la Nación Yshir (UCINY).