Asunción, Paraguay. 09 de agosto de 2025. – A 20 años de la histórica sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso Comunidad Yakye Axa vs. Paraguay, el Estado paraguayo continúa bajo observación internacional por el incumplimiento de sus obligaciones. Tras la visita realizada en septiembre de 2024, en una Resolución emitida recientemente, la Corte reconoció los avances del Estado en el cumplimiento de la sentencia, pero destacó que aún existen múltiples aspectos por mejorar y compromisos estatales pendientes de cumplir. Desde el Centro para la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y de Tierraviva a los Pueblos Indígenas del Chaco paraguayo, organizaciones que actuamos como representantes convencionales de la comunidad ante la Corte IDH, destacamos que, tras ocho resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia y dos visitas de la Corte, ninguna de las medidas ha sido cumplida en su totalidad.
Uno de los avances más notorios ha sido la finalización del camino de acceso a las tierras alternativas otorgadas por el Estado a la comunidad, en cumplimiento de la sentencia, lo que ha permitido que todos sus miembros se hayan trasladado a estas. Sin embargo, teniendo en cuenta las preocupaciones manifestadas por las representantes, la Corte resaltó la gravedad de que la construcción del camino haya requerido casi una década impactando de forma negativa en el goce de los derechos y las condiciones de vida de la comunidad. Además, la Corte resaltó que se mantienen problemas con respecto a la profundidad de las cunetas, la reglamentación de su uso, y que siguen pendientes la nivelación de tramos y la implementación de tareas de mantenimiento regular. El camino, al no encontrarse asfaltado, sufre daños debido al paso de vehículos y las condiciones climáticas, por los cual, las representantes convencionales destacamos que es fundamental que el camino cuente con estándares de calidad que garanticen su uso seguro y sostenible en el tiempo.
En cuanto a la entrega de tierras alternativas a la comunidad, estas siguen sin ser tituladas. En consecuencia, la Corte solicitó al Estado que explicara el estado del juicio de mensura que se encuentra en curso como paso necesario para la titulación definitiva. Además, alertó sobre el riesgo que implica la falta de títulos, incluso cuando la comunidad ya ocupa el territorio, colocándola en una situación de vulnerabilidad jurídica.
Respecto a las viviendas que el Estado debía proporcionar a la comunidad, uno de los aspectos más problemáticos ha sido la falta de letrinas y bañaderos, lo cual impacta en las condiciones de higiene y dignidad de la comunidad. En este aspecto, la Corte, citando estándares del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), instó al Estado a buscar soluciones en diálogo con la comunidad. También solicitó al Estado adoptar medidas para garantizar el acceso al agua durante períodos de sequía, el mantenimiento de tajamares, el manejo de residuos, la atención médica y la calidad educativa.
Por otro lado, el Estado tampoco ha llevado a cabo las reformas legislativas, administrativas y de orden práctico para asegurar el derecho a la propiedad comunitaria, el tribunal advierte con preocupación que han transcurrido 20 años desde la emisión de la Sentencia, sin que el Estado haya dado cumplimiento a esta garantía de no repetición de adecuación normativa y que, durante la mayor parte de la etapa de supervisión de cumplimiento, no ha presentado información relevante sobre avances concretos en su ejecución.
Cabe señalar que esta resolución de la Corte Interamericana se emite en un contexto complejo para los derechos de los pueblos indígenas en Paraguay. Recientemente, se anunció el cierre de la sede central del Instituto Paraguayo del Indígena (INDI), que será reemplazada por tres oficinas regionales. Esta reestructuración, además de generar preocupación, ya que podría debilitar aún más la capacidad del Estado para diseñar e implementar políticas públicas con enfoque intercultural y participativo, limitando su acción incluso en niveles básicos de atención y asistencia, representa una regresión incluso al estado jurídico, procesal e institucional, afectando directamente el acceso a derechos conquistados por los Pueblos Indígenas del Paraguay.
Durante la visita en terreno y la audiencia celebrada por la Corte en 2024, la delegación tuvo la oportunidad de dialogar directamente con las y los líderes de la comunidad Yakye Axa, conocer de primera mano sus reclamos y constatar las condiciones en las que aún viven. Si bien reconocemos la existencia de avances en el cumplimiento de algunas medidas, estos progresos resultan insuficientes frente a los incumplimientos estructurales. Los avances son frágiles, carecen de sostenibilidad en el tiempo y, en muchos casos, se han concretado fuera de los plazos establecidos por la propia Corte. En consecuencia, el Tribunal convocó a una nueva audiencia que se llevará a cabo en septiembre de 2025 durante el 180° Período Ordinario de Sesiones que se celebrará en Asunción, Paraguay.
A dos décadas del fallo, el Estado paraguayo sigue sin garantizar una reparación integral a la comunidad Yakye Axa. Esperamos que tras esta resolución el Estado adopte todas las medidas necesarias para dar cumplimiento total a la sentencia.
Firman:
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)
Tierraviva a los Pueblos Indígenas del Chaco paraguayo